Un total de 2.865 vocales constituirán las 573 mesas receptoras de sufragio en los 74 locales de votación de las elecciones primarias presidenciales y parlamentarias de nuestra región, que contempla un número potencial de electores de 543.164 personas, que son parte del 4,1 por ciento del padrón nacional de votantes que suman 13.531.553 votantes en Chile y 21.270 electores en otros países.
Funciones
Cada mesa receptora de sufragios debe ser constituida por cinco vocales los que de forma obligatoria, este sábado a las 15:00 horas, que corresponde al día anterior a la elección, deben concurrir al local de votación que les fue asignado, para realizar junto a los encargados del Servicio Electoral una capacitación sobre la labor que desempeñarán.
En esa sesión los vocales deberán constituir la mesa para hacer una definición interna con el fin de asignar los cargos de presidente, secretario, comisario y vocales de mesa.
Si por algún motivo algún vocal no asista a la constitución de la mesa queda a criterio de la Junta Electoral determinar si efectúa la denuncia por no haber asistido al acto.
El día de la elección, las mesas deben ser constituidas, con tres vocales a lo menos, a las 8:00, luego deben cumplir con las funciones básicas de recepcionar los útiles, instalar la mesa, hacer el registro de los votantes, entregar los votos a los votantes, cuidar el orden y formalismo del acto y resolver consultas.
Una vez que procedan al cierre de la mesa a las 18:00, los vocales deben comenzar el respectivo escrutinio a viva voz, para luego efectuar el conteo de votos y dar a conocer los resultados que quedan en los registros oficiales que deben ser entregados al Servicio Electoral.
Procedimiento final
De acuerdo a la ley electoral, el vocal presidente debe entregar el Acta de Escrutinio en sobre cerrado, sellado y firmado dirigido al Colegio Escrutador, al Delegado de la Junta Electoral.
Por su parte, el secretario dentro del plazo de una hora desde el cierre de acta debe depositar en la oficina de Correos de Chile más próxima el sobre que contenga el ejemplar del Acta de Escrutinio, dirigido al presidente del Tribunal Electoral Regional.
El secretario también deberá consultar al Delegado del local cuál oficina de Correos corresponde y el encargado de la oficina deberá entregar recibo que indicará la hora de recepción.
La caja, que además contiene los sobres con cédula emitidas que señalan una preferencia, con los respectivos talones y los sobres con cédulas marcadas con objeciones, las no usadas o inutilizadas, las no escrutadas consideradas nulas por la mesa y las cédulas en blanco, se sellará y firmará en su cubierta por los vocales y apoderados que lo deseen, indicando además la hora en la que lo hacen, luego la caja deberá ser entregada al comisario, no se debe incluir en la caja el candado utilizado para cerrar la urna, el que se entregará al Delegado.
En el caso de la devolución de útiles electorales, el comisario devolverá el candado y la caja al Delegado, en el plazo máximo de dos horas siguientes a aquella en la que lo recibió, no pudiendo abandonar el recinto antes de entregarla.
El Delegado abrirá la caja en presencia del comisario, se cerciorará si los sellos y firmas permanecen sin alteración y otorgará recibo, que indicará la hora de devolución, previa confirmación del estado de cada sobre.
Sanciones y pago
Las personas designadas como vocales o miembros de Colegios Escrutadores, que no concurran a desempeñar sus funciones, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M., es decir, aproximadamente entre $93.480 y $373.920, (artículo 138 de la Ley Nº 18.700).
En el caso del pago por desempeñar la función como vocal de mesa o como miembro o secretarios del Colegio Escrutador, en cualquier tipo de elección pública, el monto del bono es de dos tercios de Unidad de Fomento unos $17.800, dinero que será cancelado por la Tesorería General de la República luego de recibir los formularios enviados por las Juntas Electorales.
Los beneficiarios también pueden solicitar el pago vía depósito bancario en cuenta corriente, cuenta vista, de ahorro o CuentaRut de BancoEstado.