Un total de 383 solicitudes presentadas por Gendarmería de Chile, revisará este segundo semestre la Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción La Serena, de las cuales 334 corresponden a internos del centro penitenciario de Huachalalume, 33 a Ovalle y 16 a Illapel.

La comisión, encabezada por el presidente de la Corte de Apelaciones, Iván Corona Albornoz, se reunirá entre el 7 y 11 de octubre para resolver las peticiones, teniendo en cuenta los nuevos requisitos para los postulantes que, a partir de este año, considera el Decreto Ley 321, que regula la materia, tales como el aumento de bimestres de buena conducta en el caso de delitos más graves, y que en el caso de personas condenadas a presidio perpetuo y perpetuo calificado, una vez rechazada sólo podrán volver a postular transcurrido uno o dos años, respectivamente.

Para postular, los internos deben cumplir una serie de exigencias, como lo explica el ministro Corona. «El decreto ley establece requisitos que los postulantes deben cumplir para poder acceder al beneficio. Entre ellos su conducta, su interés por el trabajo y por la educación que hayan manifestado dentro de su régimen de privación de libertad, y las redes de apoyo con los que puedan contar; y además, y esto es muy importante, su actitud frente a la comisión de los delitos por los cuales han sido condenados».

Así también, los cambios introducidos en la normativa consideran nuevos requisitos, tales como acompañar antecedentes para la defensa de los postulantes, el testimonio de víctimas, presentaciones y alegatos orales, entre otras.

La comisión, integrada además por tres jueces de tribunal de juicio oral, un juez de garantía y la ministra de fe del tribunal de alzada, recibió en esta oportunidad y hasta la fecha, cinco oposiciones por escrito a las solicitudes de libertad condicional, y fue solicitada una audiencia de parte de una víctima. No obstante las modificaciones, el informe de Gendarmería continúa siendo un requisito para el beneficio y constituye un antecedente calificado para resolver.

El presidente de la comisión fue enfático también en señalar que el beneficio no extingue ni modifica la duración de la pena, sino que es un modo particular de cumplirla en libertad. «La pena que ha sido impuesta por una sentencia que se encuentra ejecutoriada, es inamovible, no se modifica de ninguna manera. Lo que sucede es que se otorga un beneficio que sustituye el cumplimiento de la pena en prisión por un régimen distinto, que está sujeto también a programas de intervención que buscan su rehabilitación y su reinserción en la sociedad», indicó.

Así, los condenados quedan bajo supervisión de personal especializado de Gendarmería. El delegado designado para el control de la libertad condicional, dentro de los siguientes 45 días a su designación, debe elaborar un plan de intervención individual. Es así como la comisión puede revocar la libertad condicional si no se cumple el plan.

En abril, la comisión revisó 398 solicitudes del primer semestre, siendo concedidas 46 (11,6%) y rechazadas 352 (88,8%).

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