La Cámara de Diputados aprobó el proyecto que modifica el Código de Procedimiento Civil en materia de inembargabilidad de los bienes de propiedad de los adultos mayores. El texto fue enviado al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional, propuesta que fue aprobada por 94 votos y que ahora deberá seguir su curso en el Senado para poder convertirse definitivamente en Ley.
El texto elaborado en la Comisión del Adulto Mayor dispone que será inejecutable, es decir inembargable algún bien raíz que sirve de residencia única para el deudor, siempre que al momento de la notificación de la demanda, o en cualquier estado del juicio, sea éste ejecutivo u ordinario.
En el proyecto se deja establecido una serie de características que deberán cumplir quienes se acojan a este beneficio, entre ellos que el deudor propietario haya cumplido 60 años; que se encuentre inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo, exclusivamente a su nombre, con al menos 10 años de anterioridad, que el avalúo fiscal de la vivienda no supere las 5.000 unidades de fomento, que los ingresos del deudor propietario no excedan las 50 unidades tributarias mensuales y que el deudor propietario no sea dueño de otro bien raíz.
En este contexto el seremi de Desarrollo social, Alejandro Cornejo, manifestó que «valoramos enormemente la aprobación de este proyecto en un primera instancia por la Cámara de Diputados, ya que es fundamental asegurar el bienestar de los adultos mayores, considerando esta etapa de la vida una de las más cruciales del ser humano.
Agregó que «nuestros principal objetivo es que los adultos mayores tengan un buen envejecer y que sus condiciones de vida y salud se optimicen de manera tal que puedan ser autovalentes y funcionales durante los últimos años de vida, y para ello hemos considerado algunas medidas como la implementación de un programa estatal de cuidados domiciliarios, el cual está orientado a otorgar prestaciones de tipo de acompañamiento, aseo personal, etc.», aseveró Cornejo.