A tres años de la ley «20% de música chilena en radios»: ¿En qué estamos?

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Un 20%. Ese es el porcentaje mínimo de música chilena que deben programar obligatoriamente las radios nacionales. En 2015, bajo el mandato de la ex Presidenta Michelle Bachelet, se promulgó la Ley 19.928, la que tiene como objetivo que en el dial se escuche más música local. Han pasado poco más de tres años desde su entrada en operación y en el contexto del «Mes de la Patria», decidimos ver cuál es su actualidad.
Y qué mejor que comprobarlo con un músico. La Región conversó con el académico de la Universidad de La Serena (ULS) e intérprete popular de vasta trayectoria en la Región de Coquimbo y en Chile, Raúl «Talo» Pinto.

«Hace 100 años, en toda América, existieron leyes que hablaban de lo mismo, pero no en el porcentaje; sino que era mucho más. Entonces, se formó un círculo virtuoso en donde la radio exigía música y los sellos buscaban gente para poder grabar. En Argentina pasó con el tango, En Perú con el vals, en Brasil con la samba y el bossa nova y así…pero en Chile, eso no ocurrió, era el único país que no tenía una ley. Así, en el tiempo de (el ex Presidente, Ricardo) Lagos, nació una normativa en donde se les obligaba a las instituciones públicas a poner música chilena y resulta que nunca lo han hecho, tú vas a un estamento público y no hay música; entonces, fue una ley estúpida. Ahora, esta ley del 20%, ya es algo…pero yo creo que la cultura no la hacen los medios masivos, la hacen los pueblos», afirmó Pinto.

Antes de 2015, cuando comenzó a regir la normativa, las cifras de música chilena en las radios nacionales ni siquiera llegaban al 18%. En cambio, tras ésta, las cifras han rondado el 23,4 por ciento. Es así como en el año de inicio de funcionamiento del precepto, éstas llegaron a un 22,76%, en 2016 a un 25,04, mientras que en 2017, a pesar de una breve disminución, los números superaron el 22,5 por ciento de promedio. Agregó Pinto que él colabora en la Radio Universitaria y allí cuando comenzó a regir esta normativa revisaron su programación y tenían más de lo requerido.

Si bien la Ley 19.928 sobre Fomento de la Música Chilena declara en su artículo 15, que no podrá «acumularse más de la mitad del total de la emisión de la música en horario nocturno, esto es de 22:00 a 06:00». «Talo» desliza una crítica a esta situación. «Al final no sirvió de nada, porque la tocan a las seis o dos de la mañana y cumplen con la normativa, pero no la fomentan (la música)».
Por último, aseveró que más que cambios a la ley debería haber cambios en la idiosincrasia nacional. «Es problema de una cuestión en general», finalizó.

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