La Corte de Apelaciones de La Serena revocó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía y decretó la prisión preventiva de Manuel Alejandro Guajardo Chacana, imputado por el Ministerio Público en calidad de autor del delito tentado de femicidio. Ilícito perpetrado el domingo recién pasado en el sector de El Faro.
La Segunda Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Sergio Troncoso Espinoza, Jorge Corrales Sinsay y el abogado (i) Jorge Fonseca Dittus, ordenó el ingreso al Complejo Penitenciario de La Serena de Guajardo Chacano, por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima.
«Con fecha doce de julio se formalizó al imputado Manuel Alejandro Guajardo Chacana por el delito de femicidio tentado, en calidad de autor. La defensa no discute la participación del imputado en los hechos, sino que la concurrencia del presupuesto material de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, cuestiona la existencia del delito de femicidio frustrado», plantea el fallo.
El tribunal de alzada «(…) estima que existen tanto antecedentes que justifican la existencia del delito que se investiga, como antecedentes que hacen presumir fundadamente que el imputado ha tenido participación en el mismo como autor».
«(…) en cuanto a la necesidad de cautela -prosigue-, esta Corte estima que existen antecedentes calificados que permiten considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la víctima, y para ello se tiene en consideración no sólo que la Ley N° 20.066 obliga a los Tribunales y al Ministerio Público a disponer las medidas de resguardo respecto de quienes son víctimas de violencia intrafamiliar, sino que, además, tanto la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, como la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, describen situaciones estructurales de riesgo para la mujer, en las cuales se debe obrar con especial consideración de la naturaleza de esos delitos y las particularidades en las conductas de sus agresores».
Se resuelve que: «se revoca la resolución apelada, dictada en audiencia del día 12 de julio de 2021, por el Juzgado de Garantía de La Serena, que no decretó la prisión preventiva del imputado, y, en su lugar, se decide que se hace lugar a la solicitud del Ministerio Público de decretar la cautelar de prisión preventiva contra del imputado».