Jurista Raúl Castillo defiende a los padres de la
menor y espera que se investigue por cada uno de
los delitos por separado. Este primero de
septiembre se realizará la reformalización del crimen.
Este 15 de agosto se cumplirán dos meses de la muerte de una menor de tres años en Las Compañías, luego de recibir un disparo cuando se trasladaba con sus padres -de 25 y
24 años- en un vehículo hasta el terminal de buses de La Serena.
Hoy, el único imputado del hecho, detenido al día siguiente de haber cometido el crimen, se encuentra en prisión preventiva, y este primero de septiembre la fiscal a cargo de la
investigación ya pidió al tribunal que se cite a todos los intervinientes a una
audiencia de reformalización para reconfigurar los cargos y la calificación
jurídica referida a los hechos.
El abogado Raúl Castillo representa a los padres de la menor, «y en
ese contexto hemos presentado una querella que abarca todos los aspectos que inciden en la ejecución del hecho», avisa.
Para el abogado, y conforme a los hechos establecidos, que son parte de los antecedentes, «existe una actuación dirigida a matar mediante un disparo al vehículo. Acá no hay
duda al respecto, ya que no hubo una bala loca, no hubo un disparo al aire,
sino que fue un disparo dirigido con la intención específica de matar».
Minutos antes de la tragedia, los padres de la menor habían discutido
con unos vecinos, quienes los habrían seguido mientras viajaban en dirección
al Terminal Rodoviario. En el trayecto hubo una serie de disparos contra el
vehículo, que alcanzaron a la menoren el pecho, herida que le provocó la
muerte en el consultorio Juan Pablo IIde Las Compañías.
«Tal como lo dicen los hechos de la formalización y nuestra querella, ellos se desplazaban en su vehículo y en estas circunstancias es que el imputado, quien percuta el arma
acompañado de otros sujetos, son quienes los siguen, se ponen al lado
del vehículo y disparan. No es casual, no es fortuito», afirma el jurista.}
DELITOS POR SEPARADOS
Respecto a las penas que pide como abogado de la familia, Castillo
explica que la ley de control de armas tiene un articulado «que establece que cuando se comete un delito usando armas de fuego las penasdeben configurarse de determinada
manera, y de una manera excepcional a lo que señala el Código Penal.
En el caso de un delito consumado de homicidio, la pena mínima sería de
diez años y un día, y no podría bajar de ese rango. En el caso de un delito
frustrado de homicidio, siempre usando arma de fuego, no podría bajar de
cinco años y un día; en el caso del delito de porte ilegal de arma de fuego no podría bajar de los tres años y un día, y cuando hay disparos injustificados en la vía pública, tampoco
podría bajar de los tres años. Entonces conforme a lo que nosotros tenemos estructurado, creemos que acá hay un delito consumado de homicidio, hay delitos frustrados de homicidios en relación a las otras personas que viajaban al interior del vehículo,hay un delito de porte ilegal de armas de fuego consumado y un delito de disparo en la vía pública, por lo tanto corresponde, en conformidad con la ley de control de armas, que se investigue cada uno de estos delitos por separado».