Todo apunta a que las denuncias de presuntos abusos sexuales de un profesor contra alumnos en escuela de Paihuano tienen asidero.
Por ello es que además del respectivo sumario y la denuncia a las entidades pertinentes, la autoridad educacional de la provincia que se constituyó en esa escuela anunció el cierre anticipado del año escolar en los cursos en donde habría víctimas de estas situaciones.
La información se maneja con sigilo para no afectar a las víctimas. Por lo mismo, no se han dado nombres ni el número de niños violentados sexualmente.
REUNIONES
Por su parte en el Departamento de Educación Municipal de Paihuano se informó que fueron iniciados dos sumarios administrativos, uno en contra del docente acusado y el otro en la figura del director del establecimiento por las presuntas responsabilidades que le podrían caber en los hechos.
Entre las medidas adoptadas también se tiene que el director del establecimiento educacional «Gabriela Mistral», de Paihuano, entregó el reglamento interno y de convivencia a la Unidad de Denuncias de la Superintendencia de Educación Escolar.
PROFESORES INFORMADOS
Además informó que el sábado 07 de diciembre se realizó un consejo de profesores extraordinario para analizar estos hechos denunciados.
Autoridades de la Superintendencia y Ministerio de Educación se constituyeron en Paihuano sosteniendo reunión con la comunidad del establecimiento y conocer más antecedentes relacionados con denuncias hechas por alumnos que habrían sufrido abusos sexuales por parte de un profesor.
ALCALDE CONVOCA A REUNIÓN
La reunión fue convocada por el alcalde de la comuna, Lorenzo Torres, quien en compañía del jefe del departamento de educación municipal, Vicente Olguín, comprometió ayuda psicológica para los eventuales afectados y sus familias.
El Director Regional de la Superintendencia de Educación Escolar, Alfredo Villagrán, explicó que la institución tiene atribuciones claras frente a casos de connotación sexual.
QUÉ HACE LA SUPERINTENDENCIA
«Ante una denuncia de este tipo, fiscalizamos que el establecimiento contenga protocolos de actuación en el reglamento de convivencia escolar. Si la Unidad de Denuncias determina que se incumplió el reglamento interno se derivarán los antecedentes a la Unidad Jurídica para iniciar un proceso administrativo que podría concluir en una sanción, arriesgando el sostenedor una amonestación por escrito o una multa», precisó.
La autoridad fiscalizadora hizo un llamado de atención a la comunidad escolar en general para que tenga claro qué debe hacer en estas situaciones. Cuando existe una presunción o delito sexual, la ley obliga a quien tome conocimiento de los hechos a denunciarlo dentro de las primeras 24 horas ante los organismos competentes como Policía de Investigaciones y/o Carabineros para que luego el Ministerio Público investigue y el Tribunal de Justicia competente determine las responsabilidades penales respectivas.
MEDIDAS INMEDIATAS
Por su parte, la Secretaría Regional Ministerial de Educación representada en la reunión por el Jefe Provincial del Elqui, Enrique Silva, acordó poner término anticipado al año escolar de los cursos donde existirían alumnos afectados.
También se les explicó a los padres y apoderados que todo sostenedor está obligado a verificar la idoneidad moral, idoneidad psicológica e inhabilidad para condenados por delitos sexuales contra menores.
En este sentido cualquier sostenedor debe solicitar cada año a su personal nuevo o antiguo, sea éste docente o asistente de la educación, un certificado de antecedentes que determinará la idoneidad moral de éste para trabajar en un establecimiento educacional, entendiéndose por tal no haber sido condenado por crímenes o simples delitos contra el orden de las familias, contra la moralidad pública y contra la integridad sexual; así como también no haber sido condenado por la Ley 20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes o por la Ley 20.066 que sanciona la violencia intrafamiliar.
Además la normativa educacional vigente contempla la revisión de la idoneidad psicológica de los asistentes de la educación para desempeñar sus funciones, sobre la base de un informe que emite el Servicio de Salud de cada región; requisito sólo aplicable para los asistentes contratados a partir del 20 de enero de 2008.
REGISTRO DE INHABILIDADES
Explicó que los establecimientos educacionales deberán revisar en el «Registro de Inhabilidades Para Trabajar Con Menores de Edad» a todo el personal, profesionales o asistentes de la educación, al menos una vez al año y/o cada vez que se contrate a un funcionario nuevo. Esto permitirá verificar si se encuentran condenados a la pena de inhabilitación absoluta perpetua o temporal para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad. Este registro se encuentra disponible en la página web del Registro Civil www.registrocivil.cl