El Alcalde de Coquimbo Marcelo Pereira Peralta y los integrantes del Concejo Comunal, aprobaron por unanimidad, durante la sesión ordinaria Nº 30 del organismo colegiado, la nueva ordenanza municipal que regula las condiciones y requisitos exigidos para el funcionamiento y explotación comercial de máquinas electrónicas o mecánicas de habilidad y destreza, en conformidad al ordenamiento jurídico vigente.
La Ordenanza, elaborado por el Departamento Jurídico el Municipio y revisada por la comisión de Régimen Interno del Concejo Municipal, busca establecer requisitos más estrictos en la materia, a fin de evitar la proliferación de negocios que eventualmente operen con juegos de azar, prohibidos por ley.
En este nuevo instrumento, aprobado por las autoridades comunales y según lo dispone el dictamen de Contraloría N° 92.308 de fecha 23 de diciembre de 2016, se estipula que los interesados en desarrollar esta actividad que poseen patente definida hasta la fecha del dictamen, deberán presentar a la Municipalidad una certificación de organismos técnicos correspondientes, tales como Laboratorios de Criminalística de Carabineros (LABOCAR), Policía de Investigaciones (LACRIM), o un informe de un Instituto Profesional o Universidad reconocida por el Estado con competencia en la materia (certificación de testing de software), en que se concluya que el tipo de máquina a utilizar es de destreza o habilidad.
En el caso de los contribuyentes que soliciten patentes nuevas, deben solicitar un informe de sus máquinas a la Superintendencia de Casinos y Juegos, donde se establezca que la máquina por la cual se solicita autorización es esencial a una máquina de destreza o habilidad.
Para el Alcalde de Coquimbo, Marcelo Pereira, este nuevo reglamento «nos permitirá generar un ordenamiento efectivo de esta actividad comercial que ha proliferado en el centro de la ciudad y donde instituciones y organismos técnicos que cuenten con la expertiz en el área, podrán certificar que las máquinas que tienen en los locales no son de azar. Vamos a comenzar a fiscalizar y exigir a aquellos locales establecidos la certificación correspondiente. Como Municipio, no tenemos facultades legales para autorizar ningún tipo de establecimiento en los que se practiquen juegos de azar, por lo que aquellos que estén en esta situación, serán clausurados, así también aquellos que no cuenten con la respectiva patente para su funcionamiento», explicó el edil.
La ordenanza dispone además que cada local que ejerza esta actividad deberá contar con un cartel informando los peligros del juego en forma irresponsable y tendrá la obligación de que cada máquina autorizada para su funcionamiento cuente con el sello o logotipo municipal que acredite dicha situación.
El control del cumplimiento contenidas en esta ordenanza corresponde a los inspectores municipales, inspectores fiscales y carabineros, sin perjuicio de las acciones fiscalizadoras propias y exclusivas que le competen a las autoridades sanitarias, como fuentes fijas emisoras de ruidos y/o condiciones sanitarias.