Hernández acompañado del Movimiento Ciudadano No Más Relleno Sanitario, solicitó formalmente al alcalde la clausura del relleno sanitario El Panul, argumentando que según informe del seremi de Salud, el relleno sanitario El Panul se encuentra incumpliendo en más de 15 puntos la resolución de calificación ambiental que otorga su funcionamiento.
«Acusaciones tan graves como por ejemplo que no existe cierre perimetral, que no hay un control de cuáles son las características de los residuos que ingresan, que no existe un control de los líquidos percolados, que no existe un control de gases, que efectivamente no hay una correcta compactación con el material apropiado entre otras son las desviaciones que aparecen en el informe de fiscalización de la Seremía de Salud y que sirven como argumentación para el concejal en la presentación de esta solicitud. En esta oportunidad también presentó Rocío Carvajal, líder del Movimiento Ciudadano, quien le solicitó al alcalde que hiciera cumplir su rol de primera autoridad y siguiendo con la línea de su programa Coquimbo Limpio decretara la clausura del relleno sanitario, hasta que la empresa entregue garantía de estar cumpliendo con la resolución de calificación ambiental».
Junto con esto Hernández concluyó que el Gobierno Regional y los alcaldes de las otras comunas de la Región de Coquimbo deben tomar esto muy en serio porque ellos son tan responsables del problema como Coquimbo.
Claro ! que ese basural deberia ser Clausurado ! ya que las ratas ya llegaron a Sindempart y la Herradura !y asi llegaran lueguito a Coquimbo y los cerros acoplandose a las otras ratas que viven con nosotros gracias a las “autoridades ” oigan lo otro si es que sigue ese basural o habren otro ! miren; Ahora ya es Hora que Cambie la historia , la basura de Coquimbo Debemos Resolverla nosotros donde dejarla y la basura de los vecinos ellos (ahora) deben de hacerse Cargo ; filo al tema ese y que Nunca mas la vengan a votar por aca..! eso es lo primero que debe hacer este” alcalde ” que no ha echo “nada ” segun lo que comenta la gente y que Añora a Velasquez …!un saludo al diario de un lector
La ordenación del territorio , es uno de los factores mas preponderantes , en el crecimiento de un determinado sector , pero en este caso especifico existe un crecimiento difuso , no planificado , pues si hubieres sido planificado ,estaría estipulado , en el proyecto plan regulador ,aprobado por CORE ,CON LOS USOS DE SUELO , PERTINENTES
Este crecimiento difuso se caracteriza por una multipilicidad de modelos de usos de suelo tales como la zonificación monofuncional (comercial , residencial , industrial) con una pobreza tremenda del diseño urbano que crea a veces una sensación de uniformidad del medio urbano
Por otra parte ,la intervención de la municipalidad respecto a residuos es un elemento esencial para abordar su tratamiento jurídico toda vez que se liga íntimamente con la educación que a travez de estas se entrega como componente púbico y también con las actividades relativas a su manejo transporte y disposición final
La municipalidad tiene obligación legal de funciones y atribuciones respecto a los residuos contenidos en el código sanitario y en la Ley Organica Constitucional. La Ley 20.417 . modifico el art, 25 de la ley organica de Municipalidades agregando la función de medio ambiente a la unidad encargada de aseo y ornato e incorporándole las tres nuevas tareas
-Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con medio ambiente y- aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la comuna que sean de su competencia y -elaborar el anteproyecto de ordenanza ambiental su participación en el manejo de residuos domiciliarios , identificando al gobierno comunal , como el principal gestor y asimismo responsable respecto a su recolección y su disposición final , como también lo son los contratos que dicha corporación de Derecho Publico (Municipalidad ) realice
Habria también que preguntarse , en lo concerniente al vertedero cuestionado , y preguntar , lo siguiente :
EL VERTEDERO ESTA UBICADO EXACTAMENTE, EN LAS COTAS Y RASANTES , QUE FUERON AUTORIZADAS?
O EL FUNCIONAMIENTO , SE EXCEDIO EN LA DIMENCION ILEGALMENTE ?
Y SI ESA EXTENSION , OCUPADA , FUE AUTORIZADA , POR LAS AUTORIDADES DE SALUD , Y OTROS ORGANISMOS ESTATALES . Y SI DICHA DIMENSION FIGURA EN EL CONTRATO FIRMADO ENTRE EL MUNICIPIO Y LA OPERADORA DEL VERTEDERO?
SERIA INTERESANTE , SABER , CUANTA ES LA DIMENSION , EN LO QUE RESPECTA A PROFUNDIDAD , ANCHO ,DISEÑO Y MENSURAS .ACTUALES , DEL VERTEDERO , Y QUE SE EMITA UN INFORME CONTUNDENTE .
EN LO MEDULAR ,LO OBVIO SERIA QUE LOS ENTES FISCALIZADORES . EMITIERAN LO ANTERIOR COMO TAMBIEN DE OTRAS SITUACIONES QUE ALLI ACAECEN , MEDIANDO QUE TODO , QUEHACER POSEE UN FIN
EL BIENESTAR ,Y TRANQUILIDAD ,DE LA CIUDADANIA RESPECTO A LO QUE SE ESTE OBRANDO