Corte de Apelaciones rechaza recurso de protección interpuesto por Iván Espinoza

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La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de protección interpuesto en octubre de 2020 por el actual delegado presidencial Iván Espinoza, en contra de 26 personas que firmaron declaraciones en ese tiempo acusándole de haber sido colaborador de la Central Nacional de Inteligencia, CNI, en Antofagasta.

En una presentación de larga fundamentación, Espinoza niega toda participación en tales hechos, y hace ver que los comentarios hechos circular en redes sociales y algunos medios de comunicación, dañan su honra y afectan a su entorno familiar.

Sin embargo, en las conclusiones del fallo la justicia señala que, no constata fehacientemente que los recurridos hayan incurrido en un acto ilegal o arbitrario, mal puede pretenderse que se le han conculcado las garantía constitucionales contempladas en los numerales uno y cuatro del artículo 19 de la Constitución Política de la República, por lo demás, según se desprende, el recurrente pretende darle un sentido diferente a la primera garantía invocada, ya que en la especie no se encuentra en colisión la integridad psíquica, por lo demás no acompaña algún documento que de cuenta de un padecimiento de dicha naturaleza, sino que si existe una afectación a su honra y su familia, sin embargo respecto de esta segunda garantía, esto es precisamente la honra, aunque específicamente la del recurrente, pero no de su familia, ya que esta no ha sido objeto de acusaciones, concepto de honra no definido por la Constitución ni por las leyes, aun cuando se ha sostenido que su núcleo esencial estaría constituido por el derecho que tiene toda persona a ser respetado ante sí y los demás, sin perjuicio de las limitaciones legales que pudiesen delimitarla y regularla (definición del profesor Humberto Nogueira Alcalá), el recurrente siempre tiene a salvo el derecho de accionar penalmente por los delitos y abusos que se puedan cometer, vale decir si en la especie precisa de autos, los recurridos han pretendido ejercitar su derecho de libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, podrán ejercitarlo, pero quedan expuestos a responder de los delitos y abusos que puedan cometer en el ejercicio dedichas libertades, según se establece en el inciso primero del N°12 de la carta fundamental.
Que en consecuencia, por las razones dadas, procede el rechazo de dicho recurso de protección interpuesto por don Iván Espinoza Bardavid.

Los recurridos son ex alumnos de universidades de Antofagasta en los tiempos que Espinoza cumplia funciones en la educación superior. Varios de ellos dicen ser víctimas de atropellos a los Derechos Humanos.

Son personas que hoy viven en distintos lugares del país y desempeñan diferentes actividades. En ese tiempo de 2020 se comunicaron al saber que Espinoza, a quien dicen identificar plenamente, aparecía como posible reemplazante de Lucía Pinto en la Intendencia.

En esa oportunidad, a través de Youtube, se da íntegra lectura a una declaración titulada «Gobernador Espinoza y sus vínculos con la CNI» que elaboraron los recurridos, expusieron que Espinoza «se desempeñó en el cargo de Director de Asuntos Estudiantiles de la Universidad de Antofagasta desde el año 1984 en adelante, periodo durante el cual fueron sistemáticamente violados los derechos humanos de los integrantes de la Comunidad Universitaria».

«Estudiantes y académicos en ese periodo fueron detenidos por parte de los organismos de seguridad de la Dictadura (CNI, DICOMCAR, SICAR), sometiéndolos a torturas, relegación, prisión, y también se expulsó y exoneró a 1.200 estudiantes, especialmente de la facultad de Ingeniería», mencionó la declaración. Y agregó: «tenemos la sospecha fundada que durante ese periodo, Espinoza Bardavid a lo menos, colaboró con los organismos de represión, puesto que en los interrogatorios y torturas, las víctimas coinciden en que sus opresores tenían copia de las fichas con datos personales y académicos de dirigentes de las federaciones de estudiantiles de la Universidad de Antofagasta y de la Universidad Católica del Norte, información que solamente estaba en poder de las respectivas Universidades».

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