El abogado del conductor que atropelló a la guardia de seguridad, dándole muerte en marzo del año pasado, postula que la mujer fue la que invadió el carril de circulación del sujeto que conducía en estado de ebriedad, tesis contraria a la de la parte querellante y a la de la SIAT de Carabineros.
«También ha sido un año horrible para nuestra familia». Con esta frase, Abel Rojas, padre del imputado en el caso de la Tía Jenny, guardia de seguridad atropellada aparentemente por su hijo, quien conducía estado de ebriedad el pasado 11 de marzo del 2023 y que luego huyó del lugar sin prestar ayuda a la víctima, califica estos meses, donde su primogénito, estudiante de ingeniería de la Universidad de Antofagasta, ha tenido que permanecer en prisión preventiva en un recinto penitenciario de la Región de Coquimbo.
El joven venía desde la discoteca Kamikaze junto a un grupo de amigos, y se presume que también iba a exceso de velocidad.
Ya ha pasado casi un año desde este hecho y el equipo jurídico de la familia de Jenny Rodríguez solicitará el cierre de la investigación, ya que ésta se encontraría agotada según ellos. Pero claro, con pruebas que para el padre del conductor, serían erróneas, ya que no darían cuenta de cómo en realidad ocurrió el lamentable episodio, y además con «exámenes que no son fiables respecto al estado de ebriedad y no a la influencia del alcohol».
Recordemos que la parte querellante hizo una estimación para recalificar la figura que en principio se trataba como conducción bajo la influencia del alcohol, es decir desde 0,3 a 0,8 grados de alcohol en la sangre, a una cifra superior, que implica manejar en estado de ebriedad, lo que constituye un delito mayor.
«Injusticias»
Abel padre, acusa que se ha sido más duro de lo habitual con su hijo, debido a la condena pública que habría existido. «Se han dicho muchas cosas, pero nosotros sabemos que no son verdad. Estamos conscientes de que aquí mi hijo estuvo involucrado en un hecho lamentable que a nadie le gustaría vivir, pero se tiene que clarificar cuáles fueron las causas que llevaron a que ocurriera este accidente. Eso lo tiene que determinar un juez, pero pareciera que se da por sentado que la culpa fue de mi hijo, y él ni siquiera se dio cuenta del momento en que se produjo el impacto entre el automóvil y la moto», expresa.
No da crédito a las pericias toxicológicas que indicarían que el imputado iba en estado de ebriedad, ya que asegura «es sólo una proyección básica».
Hipótesis
contrarias
El abogado del imputado, Carlo Silva, explica que tienen dos teorías del caso, fundamentales «para que Abel tenga un mejor resultado en su proceso». El primer punto tiene que ver con que existiría efectivamente un «manejo en condiciones deficientes», pero éste no siempre sería la causa determinante para los accidentes, y este sería el caso.
Puede haber un manejo en condiciones deficientes, pero si la infracción al tránsito que originó el accidente la comete la víctima o el otro conductor, por supuesto que aunque nuestro defendido haya ido en condiciones deficientes, no le hace responsable del resultado de muerte. Es decir, que aunque yo fuera conduciendo en total estado de temperancia y una conductora en una motocicleta cometiera la infracción, invadiendo mi carril de circulación, la responsable del accidente sería ella y yo no sería el responsable del resultado de muerte», sostiene Silva.
Alcohol
No existen dudas de que el imputado conducía con alcohol en la sangre, la duda que persiste es cuánto. De acuerdo a lo manifestado por el abogado querellante, José Miguel Riquelme, los últimos análisis y proyecciones establecieron que el conductor transitaba muy por sobre los 0,8 iniciales, constituyendo un estado de ebriedad, pero, según Silva, ellos tendrían una pericia propia que demostraría que la metodología utilizada en este punto no sería exacta. «Nosotros vamos a ir con esta prueba para efectos de que el delito siempre sea sancionado como un manejo bajo la influencia del alcohol, como lo era en un inicio», aseveró el penalista.