Luego del juicio oral respectivo, la Fiscalía de La Serena probó la responsabilidad de dos sujetos en el homicidio de una niña, hecho ocurrido en Las Compañías el 15 de junio del 2020.
Según la acusación, ese día, a las 20.30 horas aproximadamente, en las inmediaciones de Calle Aconcagua intersección con uno de los pasajes del sector Las Compañías, de la Ciudad de La Serena, en circunstancias que el acusado J.A.M.A. conducía un Jeep, acompañado del copiloto y acusado E.V.J. vieron pasar por calle Aconcagua, el automóvil marca Chevrolet conducido por una persona de sexo masculino junto con su grupo familiar, entre ellos la víctima menor de edad.
De acuerdo con la Fiscalía, a petición del acusado E.V.J. y con la intención de matar, el otro sujeto J.A.M.A., sin procurar impedir que se evite el hecho, comenzó una persecución por dicha arteria al segundo vehículo, hasta darle alcance, posicionándose en forma paralela por el costado izquierdo del automóvil de la víctima.
Aquello permitiría que E.V.J. apuntara y disparara el arma de fuego que portaban sin autorización competente, tipo pistola, proyectil que impactó en el hemitórax izquierdo de la hija del conductor, quien falleció momentos después a causa de una herida toraco cardíaca por arma de fuego, sin salida de proyectil.
“Es una situación muy penosa, se trató de una niña de 3 años quien pierde la vida en terribles circunstancias a tan corta edad. Esperamos que esto contribuya a cerrar un proceso doloroso que ha vivido la familia”, dijo el fiscal Germán Calquín.
Luego de rendida la prueba, la Fiscalía probó la autoría de ambos sujetos en los hechos en primera instancia, con pruebas de testimonios de testigos, fotografías, evidencia material y “muy importante la prueba pericial contundente de la PDI”, dijo el fiscal Calquín.
“Se logró reconstruir la dinámica con que se efectuó el disparo y el perito de criminalística logró exponer de manera muy contundente las conclusiones”, dijo Calquín, quien agregó que respecto al conductor se pudo acreditar su participación con hechos anteriores, coetáneos y posteriores al delito. “Se logró acreditar que conocía el arma de fuego y que permitió el traslado. Además hubo hechos coetáneos como la alineación del vehículo con el de la víctima y posteriores, como la aceptación del resultado”, agregó el fiscal.