Dentro de las obligaciones de los empleadores está entregar a los trabajadores elementos adecuados de protección como ropa, gorros, lentes y factor de protección solar de 50. Además, deben proporcionar baños y un lugar donde puedan alimentarse. De no cumplir con estas obligaciones, los empleadores se exponen a multas que pueden ser hasta las 1.000 UTM
Dentro de las principales causas del aumento de cáncer de piel está una mayor exposición al sol y trabajos al aire libre. En este sentido, se considera trabajador expuesto a aquellos que ejecutan labores sometidos a radiación solar directa en días comprendidos entre el 1° de septiembre y el 31 de marzo entre las 10:00 y las 17:00 horas, o aquellos que se desempeñen habitualmente bajo radiación solar UV con un índice igual o superior a 6.
El SEREMI de Salud Rosendo Yáñez señaló, que la SEREMI, a través de su Unidad de Salud Ocupacional,fiscaliza y hace un llamado a los municipios para que tengan una mayor atención en el cuidado de sus propios trabajadores, que muchas veces están prestando servicios directos a los municipios respectivos. A la vez, entregó una serie de recomendaciones para protegerse de la radiación UV:
· Calendarizar y programar horarios de trabajo, de faenas y tareas, según el riesgo y exposición a la radiación UV
· Rotaciones de puestos de trabajo y disminución de tareas en horas peak
· Horarios de colación entre las 13:00 y las 15:00 hrs.
· Utilización de elementos naturales o artificiales para producir sombra en lugares públicos y de trabajo
· Techar, arborizar, colocar mallas oscuras y de trama tupida, vidrios reflectantes, entre otros
· Uso de Elementos de Protección personal como, por ejemplo, anteojos, gorros con protección posterior tipo legionario, crema con protección solar FPS 30, ropa con FPS.