Luego que se diera a conocer el caso de la desvinculación de la ex cabo Jacqueline Santos, quien se desempeñaba en el Regimiento N°21 Coquimbo, la abogada que se hizo parte, Carolina Alcaide, da cuenta de los avances en el juicio, en donde detalla que cambiaron la estrategia y tuvo buenos resultados, ya que la justicia acogió las medidas cautelares.
Jacqueline Santos, cabo primero del Regimiento de Infantería Nº 21 Coquimbo, había denunciado que había sido discriminada y desvinculada de la institución castrense debido a un sobrepeso que tiene, pero que, a la larga, no influía en sus labores dentro del Ejército. Por lo que decidió acudir a la justicia, en donde acusa discriminación.
En ese sentido, Carolina Alcaide, del estudio jurídico Tu Amiga Abogada.cl, quien tomó el caso, explica que «contextualizando el tema de Jacqueline, habían muchas personas que decían que un recurso de protección era como la opción, de hecho ella llegó con esa idea, pero uno se pone a estudiar el caso para que la acción legal tenga los efectos que nosotros queríamos, que en este caso era que se visibilizara el tema de la vulneración y, segundo, que al menos durante todo el proceso estuvieran suspendidos los efectos del acto administrativo, que en este caso era el retiro y el desalojo del inmueble fiscal».
«El procedimiento más efectivo en este caso es la tutela laboral, por vulneración de derechos, es una denuncia que se interpone ante los Tribunales Laborales, en donde se dan a conocer hechos que se relacionan con actos de discriminación», agrega.
Explica que «con los antecedentes que me proporciona, ingresamos la denuncia en contra del Ejército de Chile el 15 de julio a tribunales, y quien los representa es el fisco y a su vez es el Consejo de Defensa del Estado».
El tramite está con una resolución, en donde se cita a una audiencia para el 15 de septiembre, «ahí vamos a ofrecer todos los medios probatorios, más testigos y otros antecedentes que voy recopilando en el tiempo, que acreditan estos hechos de discriminación y, además, lo interesante de esto es que se pueden poner ciertas medidas cautelares».
Explica que las medidas cautelares se ocupan para garantizar el cumplimiento forzado de una obligación, «en este caso pedimos que se suspendieran los efectos del retiro y consecuencialmente el desalojo de la propiedad fiscal mientras dura completamente en proceso».
«Por lo tanto, hoy ella tiene la tranquilidad que al menos en lo que dura el proceso, que es más o menos largo, ella no se va a ir del inmueble fiscal», sostiene.
Puntualiza en que «su cargo no decía relación a su condición física», y que «a ella la suspendieron de todos los ejercicios físicos que implicara algún entrenamiento dentro de la milicia, además su cargo es guardia de almacén, por lo tanto tampoco decía relación con una condición física, ella no era entrenadora de los soldados, no estaba en la primera línea y debía cumplir con el hecho de tener las características de guardia de almacén».
«Era un trabajo netamente administrativo y tiene calidad de reservista, siempre había estado en lista 1 o 2, que son de excelencia, por lo tanto tampoco había evaluaciones anteriores que permitieran al servicio que ella no cumple», señala.
Enfatiza en que «ahí radica el acto discriminatorio, porque estaba vigente esta suspensión de someterse a los entrenamientos por un año, ni siquiera por su sobrepeso, sino que por la recuperación de una lesión en el tobillo izquierdo que sufrió el 2016».