Seis recursos de casación buscan anular fallo favorable a Dominga

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Seis recursos de casación, es el número de acciones judiciales interpuestas por igual número de abogados representantes de los terceros coadyuvantes en el proceso de reclamación de Andes Iron y que buscan dejar sin efecto la sentencia favorable del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta respecto a la empresa operadora del proyecto minero portuario Dominga.
Si bien la semana pasada se había dicho que eran seis los recursos, esta situación no se había confirmado hasta ayer. Eso sí, aún se desconoce la fundamentación de cada uno de estos, no obstante, fuentes ligadas al proceso indicaron a este medio que cada iniciativa legal tendría una argumentación diferente.
En un documento rotulado como «Certificación» exhibido en la página web del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta, la instancia jurídico-ambiental señala que «conforme a los antecedentes tenidos a la vista» presentaron recursos de casación los abogados: Juan Pablo Sanguinetti en representación de la persona natural, Cristóbal Díaz de Valdés; Ezio Costa y Victoria Belemmi en representación de la ONG Oceana; Javiera Calisto de la persona natural, Javiera Espinoza Jara; Diego Lillo de la Asociación Gremial de Pescadores y Mariscadores de Los Choros, Marcela Rey de la reclamada por sí y de Andrew Fry, persona natural y por último, Alejandra Donoso en representación de un tercero sin precisar.
Los juristas concurrieron hasta el Primer Tribunal Ambiental en Antofagasta para presentar las acciones judiciales, las que después serán elevadas hasta la Corte Suprema, instancia que determinará si procede la iniciativa de anulación de sentencia.
«Los terceros participantes del procedimiento, a través de esta presentación, ejercen su derecho a impugnar la sentencia definitiva del Primer Tribunal Ambiental, a través de la presentación de argumentos que dan cuenta que la dictación del 1TA va en contra del Derecho. En concreto, y como ha trascendido, la sentencia del primer tribunal se refiere únicamente a cuestiones de forma, sin que exista un fundamento que respalde la decisión de invalidar la decisión del Comité de Ministros que mantuvo el rechazo del proyecto, y omite absolutamente cualquier pronunciamiento sobre el fondo del asunto (la identificación y magnitud de los impactos y la definición de medidas de mitigación, reparación o compensación idónea) y más grave que eso, no se hace cargo del deber de protección del medio ambiente que recae sobre toda la institucionalidad ambiental», aseveraron los abogados ambientalistas en la ocasión.

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