La sentencia que dictó el Tribunal Electoral Regional en octubre del año pasado declaró que el exalcalde había incurrido en notable abandono de deberes y lo condenó con la destitución, junto con la prohibición ejercer cargos públicos por un plazo de cinco años.

Aunque el entonces edil presentó un recurso de apelación en contra de esa resolución, finalmente el Tribunal Calificador de Elecciones -que es el equivalente a la Corte Suprema de estos temas- fue quien confirmó la sentencia.

Esto significa que la sentencia es definitiva y ya no existen más instancias para revertir este fallo. No obstante, los problemas para Jacob no terminarían ahí, pues en paralelo se lleva una investigación por el no pago de previsiones y una presunta apropiación indebida de fondos de la Corporación Municipal Gabriel González Videla.

Proceso penal en curso

Cabe recordar que, la alcaldesa Daniela Norambuena, a inicios de enero de este año, presentó dos querellas: una dirigida contra el exalcalde Roberto Jacob, y otra general a la Corporación, con la idea de generar una investigación que determine responsables.

El abogado Ricardo Sacaan, quien representa a los concejales que interpusieron la denuncia en abril del año 2022, aclara las diferencias entre la arista administrativa, que consiste en la destitución, y que no es lo mismo que la investigación que está actualmente en curso en la Fiscalía regional.

Según explica, el fallo del TRICEL solo es por la responsabilidad administrativa, mientras que, frente a los hechos relacionados con las supuestas irregularidades halladas en la corporación municipal, «hay un proceso penal en curso que puede involucrar al exedil personalmente o a los secretarios generales de ese momento, que serían Patricio Bacho o, eventualmente, Ernesto Velasco, quien fue el último en el cargo».

Asegura que se acreditó el giro de cheques para pagos de cotizaciones previsionales, los cuales fueron protestados por falta de fondos.

«Hay cerca de 70 millones de pesos en cheques que no se pagaron, por lo tanto, también se cometió el delito de giro doloso de cheques».

Consecuencias penales

En caso de que se corrobore el ilícito de giro doloso de cheques, las penas están asociadas al monto de la defraudación, «y ahí hay que ver cuál es el monto total de los cheques para ver la pena que se les aplicaría. Tengo una estimación que serían cerca de 70 millones de pesos, así que las penas tendrían que ir de los 61 días a 3 años de prisión. Respecto a la apropiación indebida de los dineros de las cotizaciones previsionales, esa pena está asociada al monto defraudado», señaló.

Sin embargo, las instituciones previsionales, cuando hacen estas gestiones ante los Juzgados de Garantía, no persiguen la aplicación de una pena, sino que buscan el pago de la deuda.

«Por lo que es muy probable que, en el caso de que se abran causas penales en contra de Jacob y secretarios generales, las instituciones previsionales llegarán a acuerdos para pagar la deuda, así que es poco probable que haya una sanción penal», añade.

Si bien argumenta que le habría gustado un pronunciamiento más expedito, entiende el porqué de cómo se desenvolvió el proceso debido al contexto electoral por el que se cursaba, y valora la primera sentencia, «pues con eso se impedía que el alcalde siguiera en el cargo durante el periodo eleccionario, apoyando a candidatos de su interés. Eso podía interpretarse como una intervención del poder administrativo en las decisiones políticas».

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